En el caso A, estaría prohibido estacionar todos los días laborables y a todas horas,
excepto para Carga y Descarga de 08:00 h a 20:00 h.
En el caso B, estaría prohibido estacionar los días laborables de 08:00 h a 20:00 h,
excepto para Carga y Descarga, estando permitido estacionar de 20:00 h a 08:00 h.
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