jueves, 7 de mayo de 2015

¿ Qué es La Seguridad Laboral Vial ?

La Seguridad Laboral Vial

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16/03/2015
Ya hace algún tiempo que, dentro del ámbito de la prevención de riesgos laborales, el impacto de los accidentes de tráfico y las mejores formas de abordar esta problemática son objeto de un intenso debate. Hay que tener presente que los accidentes de tráfico y las consecuencias que conllevan para los trabajadores se pueden abordar (y así se está haciendo) desde puntos de vista muy diversos -el de la seguridad vial, el de la seguridad laboral, el de la movilidad sostenible...-, de manera que parece necesario aclarar algunos conceptos en relación con esta materia.

¿Qué es?
Casi todos los trabajadores tienen que realizar desplazamientos a causa de su trabajo, ya sea sólo para ir o volver al trabajo -la gran mayoría-, o también para llevar a cabo su tarea. De hecho, un buen número de trabajadores -un 16,9%, en concreto, según la II Encuesta Catalana de Condiciones de Trabajo- se ven obligados a desplazarse "muchas veces o siempre" durante la jornada laboral, a fin de cumplir con su trabajo, ya formen estos desplazamientos parte intrínseca de su tarea (caso de los transportistas, por ejemplo), ya sean necesarios para acceder al lugar donde deben desarrollar sus funciones (como en el caso de los comerciales, los instaladores , y un largo etcétera de profesionales).
En el curso de estos desplazamientos se pueden producir accidentes y por lo tanto es necesario tomar medidas de seguridad laboral vial para prevenir y garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
La seguridad laboral vial se puede definir como el conjunto de conocimientos, técnicas, procedimientos y estrategias inter y multidisciplinarias que abordan el análisis y la intervención sobre el conjunto de factores y condicionantes que intervienen en el desarrollo de un suceso relacionado con el tráfico que tiene, o puede tener, repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores. Estos factores y condicionantes pueden exponer al trabajador a sufrir un accidente laboral de tráfico.
Según la normativa que regula la comunicación de accidentes de trabajo a la autoridad laboral, para que un accidente de trabajo sea considerado de tráfico debe reunir estos tres requisitos:
1. Tener lugar en una vía sujeta a la legislación de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (carreteras, autopistas, calles...) o también en pistas forestales o en zonas de aparcamientos.
2. Implicar a un vehículo -a motor o no- en movimiento.
3. Que el trabajador accidentado sea, o bien ocupante del vehículo, o bien un peatón que sufre las consecuencias de un accidente de tráfico -como en el caso de los atropellos-.

La cuestión de la responsabilidad empresarial
Uno de los aspectos que está generando más confusión en torno a la seguridad laboral vial es la relacionada con la delimitación de la responsabilidad empresarial en materia de prevención de riesgos laborales. En este sentido el factor fundamental para delimitar si existe o no esa responsabilidad es si los accidentes laborales de tráfico que sufren los trabajadores han tenido lugar durante la jornada o bien son in itinere.

Los accidentes de tráfico que suceden en el trayecto que deben hacer los trabajadores durante su jornada para desarrollar las tareas que les han sido encomendadas pueden tener su origen en las condiciones del lugar de trabajo y su organización; así como en las condiciones del propio trabajador, del vehículo, de la vía y del entorno. En estos accidentes, los que tienen lugar durante la jornada, existe una responsabilidad empresarial y una necesidad de intervención e integración en el plan de prevención de riesgos laborales de la empresa de las medidas relacionadas con la seguridad laboral vial de los trabajadores que han de realizar desplazamientos dentro de su tiempo de trabajo.
En cambio, es más discutible la existencia de esta responsabilidad empresarial en materia de prevención cuando se trata de accidentes de tráfico que tienen lugar durante el trayecto de ida o vuelta del trabajo (accidentes in itinere). Esto no quita que, evidentemente, la empresa tenga interés en evitar los accidentes in itinere, tanto por la preocupación por la salud de su gente, como por el impacto que pueden suponer estos accidentes en su productividad o cuestiones relacionadas con esta, así como por los objetivos que la empresa se haya fijado en el marco de la responsabilidad social. Pero una cosa es tener interés en evitar accidentes y otra tener la obligación legal de prevenirlos.
Las medidas orientadas a la gestión racional, eficiente y sostenible de estos desplazamientos in itinere (mediante los planes de movilidad o los planes de seguridad vial) pueden contribuir a su reducción, así como también a rebajar su impacto ambiental, social y económico en la población trabajadora. De forma general, como decimos, los accidentes in itinere no entran dentro de la responsabilidad empresarial en materia de seguridad y salud laboral.

Accidente in itinere, accidente sui generis
Es muy probable que la confusión reinante en torno a la responsabilidad empresarial en materia de accidentes laborales de tráfico tenga su origen en el hecho de que la normativa española de Seguridad Social (no la normativa de prevención de riesgos laborales) considera los accidentes de tráfico in itinere como accidentes de trabajo.
Esto hace que en España (circunstancia que también se da en algunos otros estados europeos) un trabajador que sufre un accidente in itinere tenga derecho a la misma protección reforzada que el sistema de Seguridad Social ofrece a los trabajadores cuando sufren accidentes de trabajo durante la jornada o enfermedades profesionales, como por ejemplo recibir el subsidio por incapacidad temporal desde el primer día de baja (y no a partir del cuarto, como en el caso de las enfermedades comunes o accidentes no laborales, y desde el principio aplicando un 75% a la base reguladora para calcular el importe de la prestación, en vez del 60% de los primeros 20 días en el caso de las enfermedades comunes o accidentes no laborales).
El concepto de accidente in itinere se fundamenta en el hecho de que si el trabajador no estuviera obligado a ir al trabajo el desplazamiento no se hubiera producido y, por tanto, tampoco el accidente. Así pues, se parte de la constatación de que existe un vínculo causal -aunque indirecto- entre el accidente in itinere y el trabajo.
 
El Plan de Seguridad Vial Laboral
Para dar respuesta a los retos que la movilidad supone para la seguridad y la salud de sus trabajadores las empresas pueden dotarse de una herramienta muy útil: el Plan de Seguridad Vial Laboral. Se trata de un documento orientado al análisis y la gestión de la seguridad en los desplazamientos con vehículo que deben realizar los trabajadores de un centro de trabajo. Este documento puede contener tanto un análisis de los desplazamientos de los trabajadores durante la jornada laboral como un análisis de los desplazamientos para ir y volver del trabajo (in itinere).
La parte del Plan de Seguridad Vial Laboral que hace referencia a los desplazamientos en jornada de trabajo hay que integrarla en el sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (en el Plan de prevención de la empresa).

Peso de los accidentes de tráfico en la siniestralidad laboral
El impacto que los accidentes que sufren los trabajadores en el curso de sus desplazamientos, ya sean durante la jornada o para ir y volver del trabajo, es significativo en relación con el conjunto de la siniestralidad laboral. Además, al tratarse a menudo de accidentes de tráfico, sus consecuencias, con relativa frecuencia, son muy graves o mortales.
Esto se aprecia claramente en los datos de siniestralidad laboral, ya que los accidentes laborales de tráfico (sumando en jornada e in itinere) supusieron en 2013 un 12% del conjunto de accidentes de trabajo con baja en Cataluña. Es importante subrayar que los accidentes de tráfico durante la jornada supusieron sólo el 3,4% de los accidentes laborales durante la jornada de trabajo, pero hay que tener presente que más de tres cuartas partes de los accidentes de trabajo de tráfico son in itinere, y de ahí el importante peso de los accidentes de tráfico sobre el total de accidentes.
La gravedad que a menudo tienen los accidentes de tráfico hace que éstos tengan mucho peso en la siniestralidad laboral mortal. Así, los accidentes mortales de tráfico en el entorno laboral suponen un 49% del total de las muertes por accidentes de trabajo en Cataluña. De todos los accidentes laborales mortales de tráfico, dos tercios corresponden a accidentes in itinere y el otro tercio a accidentes de tráfico durante la jornada de trabajo.

Evolución de los accidentes de trabajo relacionados con el tráfico
Durante el periodo 2009-2013 se ha registrado una disminución de los índices de incidencia de accidentes de trabajo de tráfico, tanto en jornada como in itinere. Para seguir la evolución a lo largo del tiempo de la siniestralidad hay que tener en cuenta los índices de incidencia, para evitar que los datos aparezcan distorsionados por el efecto que la pronunciada disminución del empleo en los últimos años haya podido tener en la reducción de la siniestralidad laboral vial.
Los índices de incidencia (número de accidentes por cada 100.000 trabajadores afiliados a la Seguridad Social) son el método más fiable para conocer la evolución de la accidentalidad, ya que eliminan el efecto distorsionante que las diferencias en el número de ocupados en cada periodo tienen sobre la interpretación de los datos de siniestralidad laboral. En el caso de los accidentes de trabajo de tráfico en jornada se ha aplicado una estimación, adaptando el índice de incidencia al colectivo de trabajadores que, de acuerdo con la II Encuesta Catalana de Condiciones de Trabajo, utiliza el vehículo "muchas veces o siempre "durante su jornada laboral, que supone un 16,9% de los trabajadores.
Así pues, eliminado el efecto de las variaciones en el número de ocupados en Cataluña, la reducción de los accidentes de trabajo de tráfico durante la jornada ha sido entre 2009 y 2013 del 13,7%, aunque en el último año del periodo se ha producido un aumento de este tipo de accidentes, de ocho puntos porcentuales.
En cuanto a los accidentes de trabajo de tráfico in itinere, la evolución también marca una reducción, en este caso del 9,9% a lo largo del periodo 2009-2013, así como un repunte del 2,6% entre los años 2012 y 2013. Por tanto, el aumento de los accidentes in itinere en el último año ha sido mucho más suave que el registrado en los accidentes de trabajo de tráfico en jornada.
Aplicando la corrección del índice de incidencia estimada en los accidentes laborales de tráfico en jornada del año 2013 según la II Encuesta Catalana de Condiciones de Trabajo, este es del orden de 1,9 veces superior al índice de incidencia de los accidentes in itinere de tráfico del mismo año.
Andrés Ros i Pueyo
Enric Rodà i Sau
Jaume de Montserrat i Nonó

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