sábado, 30 de enero de 2016

MEGA-CAMIONES. Conjunto de Vehículos Euro-Modular.

Los avances técnicos en el diseño de los vehículos de transporte por carretera y la mejora de las infraestructuras viarias de nuestro país permiten actualmente autorizar la circulación de determinados conjuntos de vehículos con unas masas y dimensiones superiores a las establecidas con carácter general, mejorando de esta manera la eficiencia y la seguridad en el transporte por carretera y permitiendo un funcionamiento más competitivo de los mercados, tal y como se recoge en el Plan de medidas para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, aprobado por el Consejo de Ministros el 6 de junio de 2014.
La normativa comunitaria contempla la posibilidad de establecer a nivel nacional excepciones a los límites generales en determinados casos y, de hecho, en los últimos años se están implantando en otros Estados miembros de la Unión Europea.
En base a lo expuesto, se considera oportuno modificar algunos aspectos de la regulación de las masas y dimensiones de los vehículos, prevista en el anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. De esta manera se favorece la competitividad y eficiencia tanto de las empresas demandantes de transporte como de las propias empresas transportistas y se avanza en la armonización progresiva de las condiciones de circulación establecidas en nuestro país con respecto a las del resto de países de nuestro entorno.
Así, se incluye una definición para la configuración euro-modular y se permite la circulación de conjuntos de vehículos que adopten dicha configuración con una masa máxima de 60 toneladas y una longitud máxima de 25,25 metros, debiendo en todo caso estar supeditada a la obtención de una autorización expedida por el órgano competente en materia de tráfico, que tendrá en consideración las repercusiones que la circulación de estos conjuntos de vehículos pueden tener en el tráfico y la seguridad vial.
Numerosos estudios, algunos de los cuales han sido recogidos en documentos de la Comisión Europea, han puesto de manifiesto los potenciales beneficios de la circulación de los conjuntos de vehículos en configuración euro-modular, en cuanto a la reducción del tráfico de los vehículos pesados, el ahorro energético, la disminución de emisiones y los menores costes en la actividad del transporte, de gran importancia en el desarrollo de las cadenas logísticas.
Además, en otros países europeos la aplicación de esta medida ha demostrado que no tiene una implicación negativa en los accidentes de tráfico sino que, por el contrario, al disminuir el número de vehículos en circulación necesarios para transportar un determinado volumen de cargas, se produce una reducción correlativa de la exposición al riesgo y, por tanto, se mejora el nivel de seguridad vial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2.d) del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se ha sometido a informe del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible. Así como al trámite de audiencia de conformidad con lo que señala el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Esta orden se dicta en uso de la habilitación contenida en la disposición final tercera del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, que faculta a los Ministros del Interior y de Industria, Energía y Turismo para modificar por orden sus anexos, siendo preciso además, en el caso del anexo IX, la conformidad de la Ministra de Fomento.
En su virtud, a propuesta de los Ministros del Interior y de Industria, Energía y Turismo, con la conformidad de la Ministra de Fomento, dispongo:
Artículo único. Modificación del anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
El anexo IX «Masas y dimensiones», del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, queda modificado de la siguiente manera:
Uno. Se incorpora el punto 1.23 en el apartado 1 «Definiciones», con el siguiente contenido:
«1.23 Configuración euro-modular: Conjunto de vehículos con más de 6 líneas de ejes, cuyos módulos separadamente no superan los límites máximos de masas y dimensiones establecidos en este anexo para el tipo de vehículo que corresponda.»
Dos. Se incorpora el apartado 6 «Masa máxima autorizada y longitud máxima autorizada de los conjuntos de vehículos en configuración euro-modular».
«6. Masa máxima autorizada y longitud máxima autorizada de los conjuntos de vehículos en configuración euro-modular.
Se podrá autorizar por el órgano competente en materia de tráfico, previo informe vinculante del titular de vía, la circulación de conjuntos de vehículos en configuración euro-modular, con una masa máxima de hasta 60 toneladas y una longitud máxima de hasta 25,25 metros por un plazo determinado, en las condiciones que se fijen en la autorización. La carga no podrá sobresalir de la proyección en planta del vehículo. Siempre que sea posible, los itinerarios de estos transportes deberán transcurrir por autopistas y autovías.
No se podrá conceder la autorización a la que se refiere el párrafo anterior cuando se pretenda realizar transporte de mercancías peligrosas por carretera.»
Disposición adicional única. Ausencia de aumento de los gastos de personal.
La aplicación de lo dispuesto en esta orden no podrá suponer incremento de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal para la Administración General del Estado.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de diciembre de 2015.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.

ENLACE: www.boe.es

Código de Tráfico y Seguridad Vial» ha sido actualizado

El código «Código de Tráfico y Seguridad Vial»

ha sido actualizado el 29 de enero de 2016,

por mejoras en su presentación.



ENLACE: www.boe.es

¿Por qué se circula por la derecha y en otros sitios por la izquierda?

Seamos sinceros, esa es la pregunta políticamente correcta. En realidad, lo que todos nos preguntamos es por qué los británicos conducen del otro lado de la carretera. Ellos, sin embargo, se hacen otra pregunta: ¿por qué todo el mundo dejó de circular por la izquierda?

Circular por la izquierda es un hábito que se remonta a cientos de años en la historia de la humanidad, posiblemente a épocas tan lejanas como el Egipto de los faraones o la Grecia Antigua. En todo caso, se remonta a una época en la que era habitual que la gente llevase algún tipo de espada o arma blanca colgando del lado izquierdo.
Así, como entre el 85 y el 90 % de los humanos son diestros, circular por la izquierda del camino parecía algo sensato. Nunca sabías con quién te ibas a encontrar y aún menos conocías sus intenciones, por lo que era mejor que esa persona pasase por tu derecha, así podías echar mano de la espada -que llevabas a la izquierda- en caso de necesidad para protegerte.
Esa costumbre se convirtió incluso en una obligación cuando en el año 1300 el Papa Bonifacio VIII ordenó que los peregrinos que viajaban hacia Roma, lo hicieran por la izquierda. En 1756, se reguló por primera vez la circulación en el London Bridge. Obviamente, la circulación se haría por la mano izquierda. En 1773, el General Highway Act recomendaba que los caballeros, conductores de carruaje y los campesinos que llevaran sus productos al mercado de las ciudades circularan por la izquierda. En 1835, el Highway Act hizo obligatorio en todo el imperio británico circular por la izquierda.

El Conestoga wagon en Estados Unidos y la Revolución francesa lo cambian todo

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Sin embargo, en el Siglo XVIII, en algunas regiones del mundo se empezó a circular por la derecha. Primero fue en los jóvenes Estados Unidos. Los primeros carruajes de transporte autóctonos, los Conestoga wagon, se empezaron a fabricar en el Condado de Lancaster, Pennsylvania. Era habitual que los carruajes fueran tirados por cuatro o seis caballos y el conductor solía cabalgar el caballo izquierdo más cercano al carruaje. ¿Por qué? Porque de ese modo podía manejar con más facilidad el látigo con la mano derecha. Los caminos eran estrechos y si no querían chocar, lo mejor era que el carruaje que venía de frente pasase por la izquierda, donde el conductor podía controlar que ambos vehículos no se tocasen. Es decir, circulaban por la derecha. Así, en 1792, el estado de Pennsylvania promulgó una ley que obligaba a circular por la derecha. Otros estados y provincias canadienses siguieron ese ejemplo.
Mientras tanto en Europa, Francia se vio inmersa en su Revolución. En el país galo, como en todo el continente, la costumbre era la de circular por la izquierda, pero como los revolucionarios decidieron cambiarlo todo (hasta el calendario y el nombre de los meses cambiaron), también decidieron que se circularía por la derecha. Y es que ir por la izquierda era muy Antiguo Régimen. Cuando Napoleón accedió al poder y sus ejércitos empezaron a invadir media Europa, ordenó a sus tropas quedarse a la derecha. Impuso esa norma en los países invadidos, entre ellos España, y cuando se retiraron la costumbre se mantuvo en muchos de ellos. Mientras, los británicos seguían circulando por la izquierda. A lo largo de esos años, las costumbres de cada una de esas potencias se llevaron a los territorios coloniales, como India, Australia o Nueva Zelanda, para los británicos, o África del norte y central para los franceses.

El Ford Model T: hacia la imposición del volante a la derechaford-model-T

A principios del Siglo XX, con la invención del automóvil, no había norma que obligase a una determinada configuración del coche. Había de todo: acelerador en el centro y freno a la derecha, volantes a la derecha y a la izquierda en el seno de una misma marca. Sin embargo, Henry Ford empezó a fabricar el Model T en serie e inundó Estados Unidos con su coche negro. Ford empezó a exportar y fabricar en otros países el Modelo T y los modelos que le sucedieron. Y claro, en su óptica de racionalización de la producción, sus coches llevaban el volante a la izquierda para circular por la derecha, como era la norma en Estados Unidos y Canadá. Así, poco a poco se fue imponiendo en la industria y en los primeros códigos de circulación el coche con volante a la izquierda para circular por la derecha en muchos países europeos. Algunos, como el Reino Unido, pero también Holanda o los países escandinavos seguían circulando por la izquierda.
En la actualidad, el último país del continente europeo en pasarse a la circulación por la derecha fue Suecia, lo hizo en 1967. En la actualidad, prácticamente sólo en las antiguas colonias británicas (o territorios fuertemente influenciados por el imperio británico) se circula por la izquierda. La excepción a la regla es Japón. En el país del sol naciente, siempre se circuló por la izquierda, por tradición y un poco porque los ingenieros británicos que construyeron su ferrocarril lo hicieron pensando en la circulación por la izquierda. Otro dato curioso, tras la Segunda Guerra Mundial, la Jefatura de Okinawa pasó a ser gobernada por los Estados Unidos que impusieron la circulación por la derecha. Hasta que, en 1978, devolvieron Okinawa a Japón y se volvió a circular por la izquierda, como en el resto del país.

¿Es más seguro circular por la izquierda?

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Los defensores de la circulación por la izquierda mantienen que es más seguro. Como la mayoría de la humanidad es diestra, conduciendo un coche con volante a la derecha hace que nuestra mano directora, la derecha, nunca suelte el volante, pues se cambia de marcha con la izquierda. Aunque como el cambio automático está cada vez más extendido, este argumento es muy relativo.

¿ES LEGAL LA CLÁUSULA DEL SEGURO PARA QUE SOLO PUEDAN CONDUCIR MAYORES DE 25 AÑOS?

Pues NO, y te explicamos el por qué:
Los contratos privados se rigen por el Código Civil y otras disposiciones que regulen las cláusulas particulares y generales de los mismos.
Por Sentencia número 636/2014, de 20 de noviembre de 2014, proveniente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, se falló sobre un recurso interpuesto por un asegurado contra una compañía de seguros que repetía (reclamaba) contra él porque el conductor era menor de 26 años y sufrió un accidente y así lo tenían firmado en la póliza de seguros.
Bien, pues el TS viene a decir, lo siguiente: “Esta Sala (…) ha de abordar el tema referido a la legalidad de la cláusula contractual que excluye de cobertura los daños y perjuicios causados por conductor no autorizado expresamente, que sea además menor de veintiséis años (…)”
“Hasta la reforma de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor disponía que el asegurador, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir, según su apartado c) «contra el tomador del seguro o asegurado por causas previstas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y en el propio contrato de seguro...”.
“Pero tal posibilidad de exclusión de cobertura, en el ámbito del aseguramiento obligatorio, por causas previstas -en el propio contrato de seguro- DESAPARECE con ocasión de dicha reforma. Resulta clarificadora al respecto la frase incorporada por el legislador en la Exposición de Motivos de la Ley 21/2007, que dice: "Con el objetivo de reforzar el carácter de protección patrimonial para el tomador o asegurado, se LIMITAN las posibilidades de repetición por el asegurador sobre ellos a las CAUSAS PREVISTAS EN LA LEY, CON ELIMINACIÓN DE LA POSIBILIDAD DE QUE EL ASEGURADOR REPITA CONTRA EL TOMADOR O ASEGURADO POR CAUSAS PREVISTAS EN EL CONTRATO".
Es decir, que legalmente se limita la posibilidad de pacto sobre repetición al supuesto de conducción del vehículo por quien CAREZCA DE PERMISO DE CONDUCIR, de modo que fuera de tal caso sólo cabe la repetición en los supuestos previstos por la ley, NO ALCANZANDO LOS SUPUESTOS LEGALMENTE PREVISTOS AL CASO DE CONDUCCIÓN POR PERSONA NO AUTORIZADA SEGÚN EL CONTRATO QUE SEA MENOR DE VEINTISÉIS AÑOS, como así sucede.
En definitiva, dicha exclusión de cobertura -que claramente era conocida y aceptada por el tomador del seguro- únicamente podrá desplegar sus efectos fuera del ámbito del seguro obligatorio, alcanzando por ello en el caso presente a la indemnización por las daños causados al propio vehículo asegurado, cuyo importe consta satisfecho por la aseguradora.
En resumen: El TS crea doctrina jurisprudencial y por esa Sentencia, LA CLÁUSULA PARTICULAR DE LA PÓLIZA QUE LIMITA EL USO DEL VEHÍCULO ASEGURADO A CONDUCTORES MAYORES DE 25 AÑOS PARA QUE QUEDE ASEGURADO, ES CONTRARIA A LA LEY, lo que se equipara a la nulidad de pleno derecho.
Esperamos os guste y lo compartáis.
Un saludo del Equipo de MrQueen y cuidado ahí afuera.

Un estudio asegura que reducir velocidad a 80 km/h no disminuye contaminación

No depende sólo de la velocidad,

depende de múltiples técnicas de conducción.

Asegura que la reducción de velocidad a 80 km/h no disminuye la contaminación atmosférica, pero sí lo hace la velocidad variable
Un estudio del Instituto de Investigación de Economía Aplicada (IREA) de la Universidad de Barcelona (UB) asegura que la reducción de la velocidad máxima a 80 kilómetros por hora no disminuye la contaminación atmosférica, pero que sí lo hace la aplicación de la velocidad variable.
El estudio ha analizado el impacto sobre la contaminación atmosférica de las políticas de la velocidad variable y de limitación máxima a 80 km/h en las vías de acceso de la ciudad de Barcelona.
El trabajo, que forma parte de la tesis doctoral en curso de Jordi Rosell, dirigida por el catedrático de la Facultad de Economía y Empresa Germà Bel, compara la evolución de los contaminantes de partículas en suspensión de menos de 10 micras (PM10) y de óxidos de nitrógeno (NOx) desde el año 2006 hasta el 2010, tanto en municipios con estas limitaciones de velocidad como en municipios sin limitaciones.
Las principales conclusiones son que la política de la velocidad variable consigue reducir los contaminantes de PM10 y NOx, pero que el efecto de la limitación de la velocidad máxima de 120 o 100 km/h a 80 km no tiene efecto, o incluso "es contraproducente", ya que se han encontrado aumentos de los niveles de contaminación del 5% en las PM10 y de entre un 1,7 y un 3,2% en los NOx.
"Tal como se ha visto en otras experiencias europeas, los impactos de reducir la velocidad máxima por debajo de los 100 o 90 km/h en grandes áreas metropolitanas no tiene un efecto sistemático de reducción de los niveles de contaminación" ha afirmado Jordi Rosell.
En cambio, según el investigador, "la homogeneización en el flujo del tráfico, evitando paradas y arranques, tendría un papel importante, y la velocidad variable lo acaba consiguiendo mucho mejor que la limitación a 80 km/h".
El estudio alerta sin embargo de que el problema de la contaminación atmosférica en las conurbaciones urbanas irá en aumento y hay que tomar medidas.
"Para quitar viajes del vehículo privado de manera significativa, e implantar una tasa de congestión para entrar y salir de una ciudad puede ser una solución, como Londres, Milán o Estocolmo", ha afirmado Germà Bel.
ENLACE: www.elmundo.es

Las conductas más importantes sobre #EducaciónVial se aprenden de los padres

¿Y qué nivel de ‪#‎EducaciónVial‬ tienen los padres?

Barómetro Fundación Mapfre5El pasado noviembre se publicaron los resultados del I Barómetro sobre la Educación Vial en España, realizado por la Fundación Mapfre; había contado con la participación de 526 profesores, y 206 padres, cumplimentando una encuesta. Estos dos colectivos están de acuerdo en un aspecto: ‘es conveniente incluir en el currículo escolar una asignatura específica sobre educación vial’, y no sólo acciones puntuales que estén relacionadas, que es la práctica habitual en los centros educativos. Como sabéis, la medida fue aprobada en mayo de 2015 por el Congreso de los Diputados, desde dónde se instó al Gobierno para que se haga posible la inclusión de la materia tanto en Primaria como en Secundaria.
Leyendo el informe completo, encontramos que los docentes señalan la familia como principal responsable educativo en este tema (acordaros de que ‘los niños hacen lo que ven’), seguida por colegios e Institutos; aunque nadie duda de la importancia de la Policía, que – desde su actuación en las calles de las ciudades – también están continuamente reforzando los comportamientos positivos de los niños, o corrigiendo las imprudencias.
Barómetro Fundación Mapfre
¿Cuáles son esas conductas tan importantes que los niños aprenden en familia? Seguro que te has parado decenas de veces frente a un semáforo, inventando historias sobre el hombrecito verde que puede caminar y el rojo que debe esperar; intuyo además que aprovechas el paso de cebra para recordar que ‘miramos a un lado y a otro’. ¿Y qué me dices de abrocharse el cinturón de seguridad o usar el casco si vamos en bici?, estas últimas dependen quizás más de la paciencia y constancia de los padres: todo es posible si nos enfocamos a un resultado a medio / largo plazo, y no nos enfadamos porque un día nuestra hija / nuestro hijo se niega a ponerse el caso o a atarse, para esto hay soluciones como retrasar la salida hasta que estén de mejor humor, o convertirlo en un juego.

Familia y Educación Vial.

Casi todos los encuestados cuentan en las encuestas que enseñan educación vial a los niños, con matices: por ejemplo más de la mitad explican conceptos básicos e intentan que los peques los pongan en práctica; o un 9,7 % busca recursos en línea. Solo un 0,5 por ciento, no hablan de estos temas en casa. Y sin embargo, los docentes no opinan igual: por ejemplo un 20 % considera que los padres sí que conciencian a los niños, pero no aplican las normas, y sólo un 18 por ciento confía en los progenitores de sus alumnos; mi humilde opinión es que la visión de los docentes está sesgada porque puede provenir de alguna actividad realizada en clase y de las respuestas de los niños en clase, pero ellos no conviven con los niños como lo hacen sus padres.
Las conductas más importantes sobre circulación vial se aprenden de los padres

Enseñar con el ejemplo.

De esta forma ofrecemos un modelo adecuado a seguir, y aquí, creo, si que fallamos: la mayoría de los padres que participaron en el Barómetro respetan las normas de circulación (siempre o casi siempre); pero cuando se incumplen es en forma de exceso de velocidad, uso de teléfono móvil, no utilización del cinturón, e incluso actitudes agresivas con los otros conductores.
Las conductas más importantes sobre circulación vial se aprenden de los padres
Para finalizar, destacar que ‘las campañas más útiles para inculcar valores sobre prevención vial son, según profesores y padres, aquellas basadas en testimonios e historias personales. Las sanciones administrativas se consideran la opción menos efectiva’.

ENLACE: madreshoy.com

2015: La DGT recaudó más de 384 Millones de Euros en multas


Más vale que los recaudaran en Cursos con ‪#‎Calidad‬


Iniciales y de Reciclaje.

La Dirección General de Tráfico (DGT) recauda más de un millón de euros al día en multas a quienes infringen las normas de circulación ycasi 1,5 millones diarios en tasas por trámites administrativos relacionados con los vehículos o los conductores.

Las últimas cifras disponibles corresponden a 2014, cuando la DGT recaudó384.036.026,57 euros en multa, lo que supone algo más de un millón cada día, según se recoge en las cuentas anuales del organismo dirigido por María Seguí, recogidas por Servimedia.

El informe de auditoría de las cuentas anuales de 2014 indica que Tráfico ingresó esa cantidad por sanciones en la cuenta del resultado económico patrimonial, en tanto que el importe de las sanciones firmes y pendientes de cobro (no contabilizado) y en tramitación es de 420.305.615,01 euros, mientras que 50.862.030,91 euros corresponden a deuda no admitida por Hacienda.

La cantidad ingresada por multas en 2014 supone un repunte en la recaudación después de dos años de caídas, al pasar de cerca de 463,6 millones en 2011 a 407,5 millones en 2012 y 369 millones en 2013. El año en que Tráfico cobró más dinero por sanciones fue2009 (466 millones), seguido de 2011 (463,6) y 2010 (457,9).

A finales del pasado siglo y comienzos de éste, los ingresos por este concepto se aproximaban a los 200 millones de euros, cifra superada por primera vez en 2004 (229,7), en tanto que los ingresos rebasaron los 300 millones en 2007 (301,7) y los 400 millones en 2009 (466). El incremento en la recaudación fue progresivo desde 2002 hasta 2009, año a partir del cual se han producido subidas y bajadas casi constantes.

Por otro lado, la DGT ingresó 534.947.771,10 euros en tasas durante 2014, lo que supone la cifra más alta desde 2007 (casi 565,8 millones).
Tráfico tramitó un total de 4.259.659 denuncias en 2014, de las que el 58% estaban vinculadas a la velocidad (2.456.240) y fueron realizadas por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y por radares fijos, de tramo y helicópteros.

ENLACE: vialred.com

NO REGALES TU TRABAJO

Profesor y Director de Formación Vial,



no regales tu importantísimo trabajo ...



CONVOCATORIA OBTENCIÓN CERTIFICADO PROFESOR Y DIRECTOR DE FORMACIÓN VIAL




(Hasta el 13.02.2016): PROFESOR DE FORMACIÓN VIAL



(Hasta el 22.02.2016): DIRECTOR DE FORMACIÓN VIAL

PROVIAL EN LA REUNIÓN CON EL JUSTICIA DE ARAGÓN

Y ProVial estará allí ...

Hemos recibido la solicitud firmada por el Grupo Vehivial
del Departamento de Ingeniería Mecánica de la Universidad de Zaragoza
en la que, en representación de un grupo de agentes sociales preocupados
y comprometidos por la seguridad vial, se interesa la colaboración
del Justicia de Aragón para estudiar la conveniencia de proponer
al Gobierno de Aragón la creación de un Instituto de Seguridad Vial
como órgano técnico consultivo en el diseño de medidas que sirvan
para disminuir los accidentes de tráfico o sus consecuencias.

La reunión de trabajo que tendrá lugar en la sede del Justicia de Aragón,
(Calle D. Juan de Aragón n° 7), el próximo día 4 de febrero de 2016,
a las 12.30 horas, participándole nuestro interés en contar con su asistencia
dado su compromiso e interés por esta materia.



































ENLACE: provial.blogspot.com.es

jueves, 21 de enero de 2016

Tráfico rastrea las redes sociales en busca de transportistas ilegales de viajeros

Investiga el uso de coches particulares que operan sin licencia para trasladar a pasajeros a aeropuertos o de A Costa da Morte a Santiago y de zonas del interior a A Coruña

14.01.2016 | 11:05
Un agente de la Guardia Civil de Tráfico en el momento de inmovilizar un microbús ilegal rumbo a Alvedro.
Un agente de la Guardia Civil de Tráfico en el momento de inmovilizar un microbús ilegal rumbo a Alvedro. 
Vehículos particulares convertidos en taxis o microbuses sin licencia que transportan apasajeros. La Agrupación de Tráfico de laGuardia Civil en Galicia rastrea cada anuncio publicado en los medios y en las redes socialesofertando el traslado de viajeros sin autorización para esta actividad. Lainvestigación llevada a cabo por los agentes en la comunidad y la campaña de control realizada la semana pasada permitió descubrir una empresa pirata que operaba en A Coruña. Dos microbuses que carecían de permiso fueron descubiertos hace una por las patrullas de Tráfico en las proximidades del aeropuerto deAlvedrosegún avanzó ayer este periódico.
Ambos vehículos, que no contaban con la tarjeta de transporte y por tanto trasladaban a los viajeros de manera irregular, fueron inmovilizados y denunciados por infracción a la normativa de transportes que prevé multas de 4.001 euros, una cantidad que casi podría quintuplicarse en caso de que los infractores reincidan.
Para tratar de erradicar el transporte fraudulento de pasajeros en la comunidad, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil intensificará el rastreo de redes sociales y anuncios en medios de comunicación, donde ha identificado varios conductores sospechosos. "No se va contra el particular que comparte gastos en un trayecto en coche, sino que se vigilará a aquellos que de manera organizada utilizan sus vehículos para trasladar a viajeros pese a no tener licencia para esta actividad", argumentan desde la Agrupación. No solo centrarán sus controles en aeropuertos, estaciones de tren y autobús, sino también en zonas del rural donde se sospecha que han comenzado a operar este tipo de transportistas ilegales. En la lista de zonas bajo la lupa de las patrullas de Tráfico están las rutas entre localidades de A Costa da Morte y Santiago y zonas del interior a la ciudad de A Coruña.
Durante las inspecciones llevadas a cabo en las últimas semanas, los agentes especializados de la Agrupación comprobaron si las autorizaciones y documentos de empresas que trasladaban a viajeros eran los correctos, si los elementos de seguridad y demás condiciones técnicas se ajustaban a la normativa, así como si el conductor cumplía los requisitos especiales de permiso de conducción o tiempo al volante y descanso.
Además, las patrullas también supervisaron e inspeccionaron vehículos particulares por si estuvieran operando como taxistas, lo que supone una competencia desleal y al margen de la regulación del transporte de viajeros.
El control de las rutas en aeropuertos, estaciones de trenes y autobuses surgió tras las quejasdel sector del transporte de viajeros en Galicia el año pasado, ya que entonces manifestaron su inquietud por la competencia desleal en esta actividad.
Desde la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en Galicia también hacen un llamamiento a los viajeros a hacer un uso del transporte público autorizado legalmente, ya que así "se aseguran que el servicio recibido reúne las condiciones de seguridad y calidad adecuadas", circunstancias que , según advierten, "no es posible presumir cuando el prestados del servicio no ha acreditado ante la Administración cumplir los requisitos exigidos".

Báez reelegido al frente de CNAE por octava vez consecutiva

Juan Palomo,



yo me lo guiso, yo me lo como ...


La candidatura a la presidencia de la Confederación Nacional de Autoescuelas liderada por José Miguel Báez se impuso a la encabezada por el presidente de la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid,Ricardo Cano, en los comicios celebrados hoy en la sede de la entidad. 

Báez accedió por primera vez a la presidencia de CNAE en 1989 y fue reelegido en 1991, 1996, 2000, 2004, 2005, 2009 y 2012. Lleva en el cargo 27 años de forma ininterrumpida. El nuevo mandato es por cuatro años.

Una dilatada trayectoria empresarial y pública

José Miguel Báez Calvo es profesor de Formación Vial y director de autoescuela. Ha sido presidente de la Asociación Provincial de Autoescuelas de Tenerife.

Además, fue concejal del Ayuntamiento deSanta Cruz de Tenerife y consejero del Cabildo insular. Vicepresidente de la Federación Europea de Autoescuelas (EFA) desde 1993 hasta el año 2001, en la actualidad, preside la Confederación Iberoamericana de Centros de Educación y Formación Vial (CICEFOV).

El máximo responsable de CNAE, piloto deportivo en las especialidades de montaña, rally y circuito, participó en la primera carrera que se realizó en el Circuito del Jarama y ocupó la presidencia del Real Automóvil Club de Tenerife (RACT) y de la Federación Tinerfeña de Automovilismo entre los años 1982 y 1992; también desempeñó el cargo de vicepresidente de la Federación Española de Automovilismo.

Ha participado en numerosos foros nacionales e internacionales relacionados con la formación de conductores y la seguridad vial.

ENLACE: www.cnae.com