Reforma Ley Seguridad Vial: Nuevos Tiempos, Nuevas Normas. ¿ Para cuándo nueva Educación y Formación Vial ?
La reforma de la Ley de Tráfico, que hoy aprobarán definitivamente las Cortes, incluye importantes novedades de materia de seguridad vial y abre la puerta a otras que se incluirán en el futuro Reglamento de Circulación, que previsiblemente entrará en vigor en Junio.
Estas son las
veinte novedades más importantes, que entrarán en vigor en un mes, a excepción
de la modificación de los límites de velocidad y las medidas relativas a los
sistemas de retención infantil, que lo harán cuando se apruebe el Reglamento:
CICLISTAS
1.- Los menores
de 16 años tendrán que llevar casco de bici cuando circulen por ciudad. Este
elemento es obligatorio en carretera para todas las edades.
2.- Las
bicicletas no podrán ser inmovilizadas, aunque su conductor sea multado por
alguna infracción que, en el caso de los vehículos a motor, conllevaría esa
inmovilización.
3.- Se permite a
los ciclistas circular por debajo de los límites mínimos de velocidad.
VELOCIDAD
4.- La reforma de
la Ley abre la puerta al incremento hasta los 130 kilómetros por
hora del límite máximo en determinados tramos de autovías y autopistas y a
reducir en 10 km/h
la velocidad máxima en las carreteras secundarias, así como a la creación de
zonas 20 y 30 en las ciudades. No entrará en vigor hasta que se apruebe el
Reglamento
5.- Se prohíben
los detectores de radar o de cinemómetros. Su uso será multado con 200 euros y
la detracción de 3 puntos del carné. (Los inhibidores ya están prohibidos y
multados con 6.000 euros y 6 puntos).
NIÑOS
6.- Se sustituye
el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de
retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan
hasta 1,35 metros .
En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen
un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
7.- Se podrá
inmovilizar el vehículo si no se hace uso del dispositivo de retención
infantil.
ALCOHOL Y DROGAS
8.- Se prohíbe
conducir con presencia de drogas ilegales en el organismo, a excepción de las
que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica
(por ejemplo metadona). Conducir bajo sus efectos será multado con 1.000 euros.
9.- Se mantiene
la multa de 500 euros para el consumo de alcohol, aunque será de 1.000 si la
tasa duplica el máximo permitido o en caso de reincidencia en un año.
INFRACCIONES NUEVAS
Serán
infracciones:
10.- Realizar
obras en la vía sin comunicación previa a la autorización previa a la autoridad
responsable de la gestión del tráfico.
11.- La caía de
la carga de un vehículo en la vía, creando grave peligro para el resto de
usuarios.
12.- Causar daños
a la infraestructura de la vía o alteraciones a la circulación debidos a la
masa y dimensiones del vehículo.
ANIMALES
13.- En los
accidentes de tráfico ocasionados por atropello a especies cinegéticas será
responsable de los daños el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse
por el valor de los animales.
El titular de la
vía sólo será responsable si no ha reparado el cerramiento o no ha señalizado
que existen animales sueltos.
EXTRANJEROS
14.- Se obliga a
matricular definitivamente en España a los vehículos que se utilicen en
territorio nacional por residentes extranjeros o por titulares de
establecimientos.
15.- Se establece
el procedimiento para el intercambio transfronterizo de información sobre
infracciones de tráfico cuando se cometan con un vehículo matriculado en un
estado de la UE en otro país distinto. En definitiva, se facilita el acceso a
los registros
OTROS
16.- Aumentan a
20 días los plazos para presentar alegaciones y para pagar de forma voluntaria
las multas, que hasta ahora es de 15 días.
17.- Se permite
no parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre
realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para
proceder a la persecución del vehículo.
18.- Se recoge la
posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a
determinados vehículo por motivos medioambientales.
19.- Las grúas
que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tienen prioridad de
paso.
20.- Se crea la
Conferencia Sectorial de Tráfico y se modifica el Consejo Superior de Tráfico
para, entre otras cosas, introducir nuevos miembros, como las asociaciones de
víctimas.
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