Se liberaliza el Permiso
por Puntos,
no para las Auto Escuelas,
si no para cualquier colectivo que lo
solicite.
En el siguiente enlace podréis ver todas las enmiendas presentadas por el Grupo
Popular:
OJO Enmiendas 226, 232, 234, 235, 236, 238,
247, 250 y 252.
UNA GRAN PARTE DE ELLAS GIRAN ENTORNO A LA LIBERALIZACIÓN DEL PERMISO POR PUNTOS:
UNA GRAN PARTE DE ELLAS GIRAN ENTORNO A LA LIBERALIZACIÓN DEL PERMISO POR PUNTOS:
Proponen
pasar del régimen de concesión al régimen de autorización, estableciendo unos
requisitos (descritos en la enmienda 247) para otorgamiento de autorización; se
establecerá una prueba específica tras la realización de los cursos de
recuperación parcial que se realizarán en las Jefaturas Provinciales (enmienda
250); se establecen 2 infracciones nuevas, una grave (enmienda 236) y
otra muy grave (enmienda 238), referentes al incumplimiento de las normas sobre
el régimen de autorización y funcionamiento de los centros de puntos.
En la Enmienda 232, justifican la propuesta del siguiente modo:
«En la actualidad, los centros que imparten los cursos de sensibilización y reeducación vial que prevé la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial para la recuperación parcial de puntos o para la recuperación de permiso de conducir por agotamiento de saldo de puntos se gestionan con un modelo de concesión administrativa.
En la Enmienda 232, justifican la propuesta del siguiente modo:
«En la actualidad, los centros que imparten los cursos de sensibilización y reeducación vial que prevé la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial para la recuperación parcial de puntos o para la recuperación de permiso de conducir por agotamiento de saldo de puntos se gestionan con un modelo de concesión administrativa.
El actual régimen de concesión impide que otros centros que pudieran
estar capacitados para impartir los cursos puedan hacerlo, constituyendo una
restricción injustificada a la libre competencia. Se estima que, en estos
momentos, con la experiencia de funcionamiento del permiso por puntos, es
conveniente abrir la impartición de estos cursos a otros colectivos que
pudieran estar interesados.
Abrir el régimen de centros que imparten los cursos de
sensibilización y de reeducación vial significa cambiar el modelo regulatorio
de forma completa. En primer lugar, supone cambiar el régimen actual de
concesión por el de autorización, sometida a determinados requisitos que
se describen en el Anexo III y que se deben concretar posteriormente en el
correspondiente desarrollo reglamentario. De esta forma, estos centros pasan a
estar sometidos a un régimen de apertura y funcionamiento parecido, aunque con
matices, al que existe para los centros de formación de conductores.
Como uno de los aspectos más importante del permiso por puntos es la
sensibilización y la reeducación vial del conductor, que se articula a través
de los centros y de los cursos, la apertura que implica el régimen de
autorización no puede suponer una merma en la calidad de los cursos que se imparten.
Por este motivo, los cursos de recuperación parcial de puntos también tendrán
asociada una prueba específica en la Jefatura Provincial de Tráfico, distinta
de la prueba exigida para la obtención del permiso y que acreditará la
realización con aprovechamiento del curso. Con ello se pretende asegurar un
nivel adecuado de calidad que garantice los fines previstos para los cursos.
Este precepto atribuye al Ministerio del Interior la regulación de los cursos,
recogiendo la nueva redacción propuesta del artículo 63.7 la realización de la
mencionada prueba.»
Por último, la enmienda 252, añade una disposición transitoria referida a los centros que imparten cursos de sensibilización y reeducación vial, con el siguiente texto propuesto:
«La regulación y la gestión de los cursos de sensibilización y reeducación vial se adaptarán a lo previsto en esta ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor.
En las Comunidades Autónomas de Cataluña y del País Vasco, el nuevo modelo de gestión entrará no se aplicará hasta que se extingan las actuales concesiones administrativas»
Por último, la enmienda 252, añade una disposición transitoria referida a los centros que imparten cursos de sensibilización y reeducación vial, con el siguiente texto propuesto:
«La regulación y la gestión de los cursos de sensibilización y reeducación vial se adaptarán a lo previsto en esta ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor.
En las Comunidades Autónomas de Cataluña y del País Vasco, el nuevo modelo de gestión entrará no se aplicará hasta que se extingan las actuales concesiones administrativas»
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